El secreto profesional y las facultades de la SET

Los abogados, contadores y auditores tiene el deber de guardar el secreto respecto a las informaciones que reciban de sus clientes en ocasión de la prestación de sus servicios. Dicha información no puede ser revelada al fisco. El derecho de la intimidad no puede ceder en beneficio de intereses coyunturales de la administración tributaria.